Las acciones de control y prevención se podrán realizar en animales, productos y subproductos, también raciones, forrajes y productos veterinarios. La normativa habilita el decomiso de productos no autorizados o sin registro.
El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), aprobó un nuevo decreto con fecha 29 de abril que actualiza y fortalece las medidas de prevención y vigilancia en materia de residuos biológicos en productos de origen animal.
La normativa se enmarca en el Programa Nacional de Residuos Biológicos y responde a la necesidad de asegurar la inocuidad de los alimentos, así como sostener la posición de Uruguay como proveedor confiable en los mercados internacionales.
El decreto otorga mayores potestades a la Dirección General de Servicios Ganaderos (DGSG), que podrá intensificar controles tanto en establecimientos agropecuarios como en plantas de faena e industrias vinculadas al sector
Entre las principales herramientas, se habilita la realización de inspecciones, toma de muestras en animales, productos y subproductos, así como en raciones y medicamentos veterinarios utilizados por los productores.
Además, se faculta a aplicar interdicciones sanitarias preventivas y avanzar en el decomiso de productos no autorizados o no registrados.
Uno de los aspectos más relevantes de la normativa es la posibilidad de interdicción de predios ante la detección de residuos por encima de los límites permitidos o la presencia de sustancias prohibidas
En estos casos, se podrá incluso bloquear el movimiento de animales con destino a faena a través del Sistema Nacional de Información Ganadera (SNIG), medida que se mantendrá hasta tanto se verifique el cumplimiento de las exigencias sanitarias.
Asimismo, los establecimientos que registren resultados no conformes quedarán bajo seguimiento oficial, debiendo corregir las causas que originaron los desvíos detectados.
La resolución establece que los propietarios o tenedores de los animales serán responsables tanto por los incumplimientos como por la implementación de las acciones correctivas y preventivas correspondientes, bajo supervisión de la autoridad sanitaria.
Acceda al decreto a través del siguiente link
https://medios.presidencia.gub.uy/legal/2026/decretos/04/mgap_99_15.pdf







