El Ministerio de Comercio de China emitió finalmente la resolución definitiva sobre la investigación antidumping a la carne de cerdo y subproductos de la especie importados procedentes de la UE. Los aranceles van de 4,9% a 19,8%.
Las autoridades investigadoras han determinado finalmente que la carne de cerdo y los subproductos de cerdo importados originarios de la Unión Europea estaban siendo objeto de dumping, causando un daño importante a la industria nacional, y que existía una relación causal entre el dumping y el daño importante.
Se impusieron, a partir de este miércoles 17 de diciembre, derechos antidumping a la carne y subproductos importados desde la UE.
Los productos afectados son: carne de cerdo fresca, refrigerada y congelada; despojos de cerdo frescos, refrigerados y congelados; grasa y manteca de cerdo frescas, refrigeradas, congeladas, secas, ahumadas, saladas o encurtidas que no estén refinadas ni extraídas por otros métodos y que no contengan carne magra; e intestinos, vejigas y estómagos de cerdo enteros o cortados, frescos, refrigerados, congelados, secos, ahumados, salados o encurtidos.
A partir del 17 de diciembre de 2025, los importadores de carne de cerdo y subproductos de cerdo originarios de la Unión Europea deberán pagar los derechos antidumping correspondientes en la Aduana de la República Popular China.
El derecho antidumping se aplica ad valorem sobre la base del valor imponible determinado por la aduana de las mercancías importadas, calculado de la siguiente manera:
Importe del derecho antidumping = Valor imponible determinado por la aduana de las mercancías importadas × Tipo del derecho antidumping.
El impuesto al valor añadido (IVA) a la importación se aplica ad valorem sobre la base del valor imponible determinado por la aduana de las mercancías importadas, más los derechos aduaneros y los derechos antidumping
Para los depósitos de garantía proporcionados con anterioridad por los importadores pertinentes a la Aduana de la República Popular China, de conformidad con el anuncio de la resolución preliminar, del 10 de septiembre al 16 de diciembre de 2025, se aplicarán derechos antidumping y se convertirán en derechos antidumping con base en el alcance del producto y las tasas de derechos antidumping determinadas en la resolución final, y se aplicará el impuesto al valor agregado de importación a las tasas correspondientes.
Durante este período, la parte de los depósitos de garantía proporcionados por los importadores pertinentes que exceda los derechos antidumping, así como cualquier impuesto al valor agregado de importación recaudado en exceso, será reembolsada por la Aduana; la parte recaudada en exceso no se aplicará.
No se aplicarán derechos antidumping retroactivamente a la carne de cerdo y a los subproductos de cerdo originarios de la UE que se hayan importado antes de la aplicación de las medidas antidumping provisionales.
Los derechos antidumping sobre la carne de cerdo y los subproductos de cerdo importados originarios de la Unión Europea se impondrán por un período de cinco años, a partir del 17 de diciembre de 2025
Durante el período de imposición de derechos antidumping, las partes interesadas podrán, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento Antidumping, presentar una solicitud escrita a la autoridad investigadora para una revisión periódica.
Los aranceles impuestos por las autoridades chinas van desde el 4,9 % para firmas cárnicas como Litera Meat, hasta porcentajes del 18,6 % aplicado a firmas como Danish Crown o Dat Schaub y alcanzan el 19,8 % para la holandesa Vion Foods.
En el caso de firmas españolas como Cárnicas Cinco Villas (Grupo Vall Companys) o ElPozo Alimentación, Famadesa, Faccsa-Prolongo o Friselva, son del 9,8 %, al igual que muchas de las firmas europeas exportadoras.
Fuente: Eurocarne







